Cobranza de exportación

Cobranza de exportación

Una persona física o jurídica (exportadora) requiere al Banco de La Pampa el servicio de cobro de documentos comerciales y/o financieros, los cuales son enviados a un banco del exterior (banco cobrador), con instrucciones de presentarlos a quien adeuda (persona importadora) para su aceptación (aceptación de una letra de cambio o pagaré – operación con plazo de pago post embarque – o para su pago a la vista contra la entrega de la documentación relacionada con el embarque de bienes y/o prestación de servicios) .

Los bancos intervinientes no garantizan el cobro de la operación (su función es la gestión de cobro), motivo por el cual previo al embarque de la mercadería o a la prestación del servicio, quien exporta debe analizar el riesgo comercial y soberano involucrado (capacidad de pago).

Estas operaciones se rigen por las Reglas y Normas establecidas por la Cámara de Comercio Internacional, Brochure N° 522.

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